Estas son algunas de las causas por la cual se pone punto final al contrato laboral Por mutuo acuerdo de las partes. Por cumplimiento del tiempo acordado en el contrato de trabajo. Por decisión de la persona contratada. Por incumplimiento del contrato por la parte contratante. Por traslado del domicilio familiar. Por desistimiento.
¿El salario del empleado del hogar puede tener descuentos?
En efecto, el salario puede tener descuentos por prestaciones en especie como alojamiento y manutención. Legalmente está fijado el tope máximo de estos descuentos, pero la cifra concreta ha de acordarse entre las dos partes. Si no hay acuerdo, es competente la jurisdicción social. Siendo persona empleada interna: A las personas empleadas internas se les […]
¿A qué aumentos tiene derecho por antigüedad el empleado del hogar?
El empleado del hogar tiene derecho a un incremento del salario en metálico de un 3 por 100 del mismo por cada tres años naturales de vinculación con un empleador, y así sucesivamente cada tres años más de duración del contrato, hasta llegar al límite máximo de cinco trienios, es decir, quince años de antigüedad, […]
¿Se debe documentar el salario del empleado del hogar?
En efecto, el pago del salario debe documentarse mediante la entrega de un recibo justificativo del pago de aquél. Asimismo, en este documento se incluirá de forma clara y separada las diferentes percepciones de la persona trabajadora, así como las deducciones que legalmente procedan.
¿El empleado del hogar tiene derecho a pagas extraordinarias?
Si, el empleado del hogar tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, siendo la cuantía de cada una de ellas, como mínimo, igual al salario en metálico que perciba durante quince días naturales. Estas pagas extras se percibirán, salvo pacto en contrario, al finalizar cada uno de los semestres del año, es decir una […]
¿Cuál es la retribución anual para el empleado del hogar?
La suma de los importes de retribuciones en dinero y en especie, más las dos gratificaciones extraordinarias en cómputo anual, no puede ser inferior a 7.988,40 euros, con jornada legal completa. A dicho importe debe sumarse la retribución por antigüedad si procediera.