Las comisiones para realización de gestiones comerciales han existido desde hace muchos años para la distribución de productos de diferentes productores. Ahora, existen multitud de formas para conseguir llevar el producto desde los productores hasta el consumidor.
Las distribución propia de las empresas o los agentes comerciales son algunos ejemplos de las posibilidades que existen hoy en día. Sin embargo, el contrato de comisión mercantil sigue vigente hoy en día en el ámbito comercial.
¿Qué es un contrato de comisión?
El contrato de comisión mercantil es un contrato de mediación mercantil que define la relación entre dos empresarios, denominados comitente y comisionista, con el objetivo de que el comisionista actúe en nombre del comitente para realizar una transacción comercial a cambio de una comisión. Esta comisión suele ser un porcentaje del precio final que se ha establecido en la negociación.
En el contrato de comisión, el comisionista no es un comercial que trabaja para la empresa en el día, sino que es un empresario autónomo que actúa en nombre del comitente en una o varias ocasiones puntuales. Sin embargo, cabe destacar que estas mediaciones pueden repetirse a lo largo del tiempo.
La autonomía de los comisionistas hace que el comitente no tenga que incurrir en los gastos que concurran de la negociación de sus productos. Por ello, la comisión que se percibe por la negociación de cada una de las transacciones se considera suficiente para sufragar los distintos gastos en concepto de desplazamiento, dietas y también de beneficio.
Diferencias entre el contrato de comisión y contrato de agencia
Muchas veces confundimos los conceptos de contrato de comisión y el contrato de agencia. Mientras que el contrato de comisión suele ser más instantáneo, que define una transacción mercantil concreta, el contrato de agencia suele ser más duradero y permanente en el tiempo. Se establece con la idea de generar una relación estable entre la empresa y el agente comercial que se encarga de la promoción y venta de sus servicios.
Por ello, el contrato de agencia se considera como un contrato de tracto sucesivo que regula las condiciones establecidas entre la compañía y el comercial, el cual no tiene, salvo que se haya pactado en el contrato, riesgos de la mercancía o gestiones entre las dos partes de la negociación en la que interviene. Sin embargo, en el contrato de comisión el comisionista es totalmente autónomo y realiza una acción concreta por mandato legal del comitente, es decir, que el realiza la negociación pero porque le ha sido encomendada por el dueño de la mercancía.
También cabe destacar que en los contratos de agentes comerciales se suele pedir una exclusividad y que, además, no se suele colocar a otros agentes en la misma zona. Sin embargo, en el contrato de comisión no es tan normal hacerlo porque suelen ser negociaciones más aisladas.
Modelo de contrato de comisión
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