La Reforma Laboral de 2012 ha incorporado también cambios en el Contrato Laboral Indefinido, más concretamente en el apartado referido a la indemnización del trabajador en caso de despido. Así, según la nueva reforma del mercado laboral, desaparece el contrato indefinido ordinario con una indemnización de 45 días por año trabajado. En su lugar la indemnización por despido será a partir de 2012 de 33 días por año trabajado y un máximo de 24 meses para todos los contratos.
Esta nueva indemnización no tendrá carácter retroactivo y se aplicará solo a los nuevos contratos. Los contratos fijos que actualmente tengan derecho a 45 días por año mantendrán esa cuantía hasta la entrada en vigor de la nueva norma, y a partir de ese día la indemnización pasará a ser de 33 días. El límite para ambos periodos será de 42 mensualidades.
El despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 días por año trabajado– podrá aplicarse cuando existan pérdidas actuales o previsión de tenerlas y cuando la compañía tenga una disminución de ingresos durante tres trimestres consecutivos.
Los asalariados que cuenten con un contrato fijo ordinario sólo podrán recibir una indemnización por despido improcedente que no superará los 720 días de salario. Los años trabajados hasta la entrada en vigor del real decreto-ley se calcularán a 45 días, mientras que los restantes pasarán a indemnizarse a 33 días.
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