El arrendador podrá resolver el contrato de arrendamiento por cualquiera de las siguientes causas:
- Impago de la renta por el arrendatario.
- Impago de la fianza o de sus actualizaciones.
- Subarriendo o cesión sin consentimiento.
- Causar daños en la vivienda o realizar obras sin consentimiento del arrendador.
- Realizar en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
- Dejar de destinar la finca arrendada a vivienda permanente.
- Incumplir cualquier otra obligación que haya asumido en el contrato, a menos que el arrendador prefiera exigir el cumplimiento de dicha obligación y continuar con el contrato.