Cuando una empresa acoge a un estudiante en prácticas procedente de una institución académica no firma ningún contrato de becario. En realidad, se trata de prácticas en empresa y lo que firman todas las partes implicadas es un convenio de colaboración educativo.
Las prácticas en empresa de los estudiantes, a quienes se les conoce de forma coloquial como becarios pueden llegar a ser confusas desde un punto de vista legal. No se deben confundir el convenio de prácticas en empresa con otro tipo de contratos formativos, especialmente con el contrato en prácticas destinado a personas que ya han acabado sus estudios superiores y que se incorporan al mercado laboral.
Requisitos del contrato de becario
El primer requisitos indispensable para realizar un contrato de becario es llegar a un acuerdo de colaboración entre la empresa y la universidad o centro formativo, en el que se establezcan las condiciones de la oferta que se va a realizar. Esto es lo que se conoce como convenio de prácticas.
El becario no adquiere una relación laboral con el centro en el que realiza sus prácticas, sino que se establece un convenio de cooperación educativa entre las tres partes implicadas, es decir, la institución educativa de la que procede el estudiante, la empresa que le acoge y el propio estudiante. El objetivo que persigue esta colaboración es fomentar la inserción laboral posterior. Conoce toda la información sobre cómo contratar a un becario en tu empresa y los diferentes contratos que puedes utilizar.
Otro de los requisitos que existe para la contratación de becarios, en el caso de ser remuneradas, es que la empresa debe dar de alta al becario en la Seguridad Social para que posee la cobertura necesaria que le permita trabajar. Todos estos trámites se deben realizar por parte de la empresa. En el caso de no remunenar las prácticas, no es necesario dar de alta en la Seguridad Social.
Características del contrato de becario
El contrato de becario no obliga a la empresa a realizar una retribución por las prácticas realizadas. Suele ocurrir que en las prácticas curriculares, es decir, las obligatorias para conseguir el certificado de estudios, no se suela ofrecer ninguna remuneración. Cuando se realizan prácticas extracurriculares, ya aparecen compensaciones económicas que oscilan entre los 300€ y 600€.
Los becarios no están regulados por el Estatuto de los Trabajadores, por lo que la bolsa económica que reciba o el horario viene determinado por el convenio entre el centro educativo y la empresa.
Cabe destacar, que si las prácticas están remuneradas y el trabajador está dado de alta tendrá derecho a jubilación, invalidez o baja por incapacidad temporal y todas las prestaciones que poseen los demás trabajadores, menos el derecho a la prestación por desempleo.
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