Contrato de confidencialidad: cláusulas

El contrato de confidencialidad puede incluir todas las cláusulas que consideremos necesarias para garantizar la privacidad y la efectividad del mismo. Normalmente siempre suelen incluirse en las cláusulas del contrato de confidencialidad los siguientes elementos:

  • Partes afectadas: son las personas, físicas o jurídicas, a las cuales afecta el contrato de confidencialidad. En el caso de que sea una persona jurídica, deberá aparecer en el contrato de confidencialidad el representante legal de la misma. En las cláusulas también se suele hacer referencia al posible conocimiento de otras personas involucradas y la obligación de respetar la confidencialidad por parte de terceros.
  • Definición de qué es confidencial: en las cláusulas del acuerdo de confidencialidad suele ampliarse el concepto de consideraciones, desarrollando al máximo los contenidos que queremos que queden sujetos a confidencialidad y/0 a la protección de datos de carácter personal.
  • Excepciones: todo contrato de confidencialidad incluye un apartado de excepciones que alude a aquellos casos en los que es posible romper la confidencialidad y que, normalmente, se refieren al mutuo acuerdo o a las condiciones en las que se puede rescindir el contrato.
    • Generalmente, las restricciones de uso de la información es inválida si:
      • el receptor ya tenía conocimiento de esas materias,
      • el receptor ha obtenido esa información por otras fuentes,
      • la información es pública.
  • Sanciones: debe incluirse las normas legales o la jurisdicción a la que se someten ambas partes en caso de conflicto.
  • Plazo: el contrato de confidencialidad hace referencia a un plazo concreto de tiempo, a partir del cual ambas partes quedan exonerados del cumplimiento de la confidencialidad.
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