Con previo aviso, se puede faltar al trabajo cobrando el salario entero, por los siguientes motivos:
- Matrimonio: 15 días.
- Accidente, enfermedad grave, hospitalización o muerte de parientes cercanos: (padres/madres, hermanos/as, cuñados/as, abuelos/as, hijos/as, suegros/as, nuera, yerno) 2 días, ampliables hasta 4, si hay que viajar a otra localidad.
- Traslado del domicilio habitual: 1 día.
- Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
- Para realizar funciones sindicales.
- Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.