El salario será el que las partes acuerden; no obstante, el Gobierno anualmente aprueba mediante Real Decreto el Salario Mínimo Interprofesional, que es la cantidad diaria o mensual que, como mínimo, deben percibir los trabajadores.
Para el año 2007 los salarios mínimos establecidos para relaciones a jornada de trabajo completo (cuarenta horas semanales) son de 19,02 euros/día ó 570,60 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
En los salarios diarios, no están incluidas las partes proporcionales de domingos y días festivos.
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